Ficha de trámite · Migración y nacionalidad
Carta de naturaleza: cómo solicitar la nacionalidad panameña
Cómo solicitar la carta de naturaleza en Panamá: años de residencia según tu caso, renuncia, solvencia, examen del Tribunal Electoral y juramento.
- Organismo
- Servicio Nacional de Migración
- Examen
- Tribunal Electoral, con exenciones
- Final
- Juramento y publicación en la Gaceta Oficial
- Actualizado
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En resumen
La carta de naturaleza es el documento que concede la nacionalidad panameña a un extranjero. Se solicita a través de un abogado ante el Departamento de Naturalización del Servicio Nacional de Migración, tras varios años de residencia permanente que dependen de tu caso, y exige renunciar expresamente a tu nacionalidad, acreditar solvencia y buena conducta y, salvo exención, aprobar un examen de conocimientos del Tribunal Electoral.
¿Cuántos años de residencia necesitas?
Depende del numeral del artículo 10 de la Constitución en el que se base tu solicitud: 5 años de residencia permanente como regla general (numeral 1), 3 años si tienes cónyuge o hijos panameños (numeral 2) y, para los nacionales de España y de países latinoamericanos, el plazo que su país exige a los panameños (numeral 3).
Por reciprocidad, Migración aplica estos plazos de residencia permanente a algunos países: 1 año para El Salvador; 2 años para Argentina, Colombia, Ecuador, España, Honduras, México, Nicaragua y Perú; 3 años para Uruguay.
Requisitos
- Poder y solicitud a través de un abogado panameño, dirigidos al presidente de la República, con tu renuncia expresa e irrevocable a tu nacionalidad y tu voluntad de adquirir la panameña.
- Declaración jurada ante notario con los motivos de la petición y la renuncia.
- Certificado de antecedentes penales de Panamá (récord policivo) y prueba de no tener antecedentes en tu país de residencia de los últimos cinco años o en tu país de origen.
- Copia de tu carné de residente permanente autenticada por el Tribunal Electoral y certificación de tu estatus migratorio.
- Solvencia económica, con dos de estas pruebas: declaraciones de renta de los dos últimos años, carta bancaria, carta de trabajo con tu ficha de la CSS, certificación de jubilación o una inversión en inmuebles o en un negocio.
- Paz y salvo de la DGI (ver RUC y NIT).
- Copia completa del pasaporte, autenticada por tu consulado y por el Ministerio de Relaciones Exteriores, y certificado médico de buena salud.
- El formulario de entrevista de naturalización, rellenado por ti.
- Si solicitas por cónyuge o hijos panameños, sus certificados del Registro Civil; si es por reciprocidad, la ley de reciprocidad de tu país autenticada.
Documentos necesarios
Poder, solicitud y declaración jurada
Con la renuncia a tu nacionalidad
Récord policivo panameño
- Apostilla o legalización
Antecedentes penales del país de residencia o de origen
Carné de residente permanente
Autenticado por el Tribunal Electoral
Pruebas de solvencia
Dos de las admitidas
Paz y salvo de la DGI
Pasaporte completo
Autenticado por tu consulado y por Relaciones Exteriores
Certificado médico y certificación de estatus migratorio
Formulario de entrevista de naturalización
Paso a paso
01
Presentación y apertura del caso
Tu abogado presenta el expediente en el Departamento de Naturalización del Servicio Nacional de Migración.
02
Revisión del expediente
Un analista lo revisa. Si hay observaciones, Migración publica la lista de expedientes que deben subsanarse y concede un plazo para hacerlo.
03
Admisión y edicto
Si la solicitud está completa, se admite y se publica el edicto.
04
Examen y resolución
Haces el examen de conocimientos en el Tribunal Electoral, salvo exención, y Migración resuelve.
05
Carta de naturaleza
El Ministerio de Seguridad Pública y la Presidencia la firman si procede, y se te notifica.
06
Juramento y publicación
Prestas juramento en la Gobernación y la carta se publica en la Gaceta Oficial. Después tramitas tu cédula y tu pasaporte panameño.
Costes
- Timbres fiscales y certificaciones
- Según cada documento
- Autenticaciones, traducciones y apostillas
- Variable
- Honorarios del abogado
- Según el caso
Preguntas frecuentes
¿Tengo que hacer el examen de conocimientos?
Sí, salvo exención. Están exentos los nacionales de España y de los países latinoamericanos que acrediten que su país exime a los panameños de ese requisito, quienes hayan estudiado esas materias en centros educativos de Panamá y, con una prueba adaptada, las personas con discapacidad.
¿Pierdo mi nacionalidad de origen?
La renuncia es un requisito ante Panamá, pero sus efectos dependen de la ley de tu país (ver nacionalidad panameña y doble nacionalidad).
¿Desde cuándo cuentan los años de residencia?
Migración los cuenta como años de residencia permanente. Si empezaste con un permiso provisional, revisa cuándo obtuviste la permanente (ver residencia permanente).
¿Puedo salir de Panamá mientras tanto?
Sí, pero las salidas largas cuentan: si no has salido más de tres meses en el periodo exigido, puedes acreditar la ausencia de antecedentes con una declaración jurada; si no, necesitarás certificados del país donde residiste.