Ficha de trámite · Migración y nacionalidad
Visa de Países Amigos en Panamá
Visa de Países Amigos en Panamá: qué nacionalidades pueden pedirla, qué trabajo o inversión exige, requisitos, documentos y pasos de la residencia.
- Para
- Nacionalidades de la lista oficial
- Vínculo con Panamá
- Empleo o inversión
- Residencia
- Temporal y después permanente
- Actualizado
En esta página
En resumen
La Visa de Países Amigos ofrece la residencia en Panamá a los nacionales de los países incluidos en una lista oficial que demuestren un vínculo económico con Panamá: un contrato de trabajo con una empresa panameña o una inversión mínima. Empieza como residencia temporal y después puede pasar a permanente.
Requisitos
- Tener la nacionalidad de uno de los países de la lista oficial.
- Un contrato de trabajo con una empresa panameña, una inversión en un inmueble de al menos USD 200,000 o un depósito a plazo fijo de ese mismo importe en un banco panameño, libre de gravámenes y por 3 años.
- Pasaporte vigente y no tener antecedentes penales.
- Presentar la solicitud a través de un abogado panameño.
Documentos necesarios
Pasaporte
Copia completa autenticada.
- Apostilla o legalización
Certificado de antecedentes penales
Del país de origen o de residencia.
Prueba del vínculo económico
Contrato de trabajo, escritura del inmueble o certificado del depósito.
Certificado de salud
Emitido por un médico en Panamá.
- Apostilla o legalización
Certificados de matrimonio y de nacimiento
Solo si incluyes dependientes.
Paso a paso
01
Comprueba tu nacionalidad
La lista la fija el Decreto Ejecutivo 197 de 2021 (modificado por el 226 de 2021) y puede cambiar.
02
Establece el vínculo económico
Firma el contrato de trabajo o realiza la inversión.
03
Tu abogado presenta la solicitud
Ante el Servicio Nacional de Migración, con los documentos y las tasas.
04
Obtén la residencia temporal
Recibes el carné de residente temporal.
05
Pide la residencia permanente
Pasados 2 años de residencia temporal, si mantienes el vínculo económico (ver residencia permanente).
Costes
- Tasas oficiales del trámite
- USD 250 de solicitud y USD 800 de depósito de repatriación
- Honorarios del abogado
- Según el caso
Preguntas frecuentes
¿Cómo sé si mi país está en la lista?
Según el Decreto Ejecutivo 197 de 2021, la lista incluye: Alemania, Andorra, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Chile, Chipre, Corea del Sur, Costa Rica, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, España, Estados Unidos, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hong Kong, Hungría, Irlanda, Israel, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, México, Mónaco, Montenegro, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, San Marino, Serbia, Singapur, Sudáfrica, Suecia, Suiza y Uruguay. De América Latina están Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica, México, Paraguay, Perú y Uruguay; Colombia o Venezuela, por ejemplo, no figuran. Como la lista puede cambiar, confírmala antes de empezar.
¿Basta con comprar una vivienda?
Solo si la inversión alcanza el importe mínimo y cumple los requisitos de la norma. Conviene estructurarla pensando en la residencia desde el principio. Antes de comprar, revisa cómo compra vivienda un extranjero.
¿Y si mi país no está en la lista?
Tienes otras vías, como la residencia por solvencia económica, la de un trabajo con permiso de trabajo o, si eres profesional, la de extranjero profesional (ver homologación de títulos).