Guía · Patrimonio y sucesiones
Fundación de interés privado en Panamá
Qué es una fundación de interés privado panameña, para qué sirve en la planificación patrimonial y sucesoria y cómo se constituye.
- Ley
- Ley 25 de 1995
- Patrimonio inicial
- USD 10,000
- Agente residente
- Abogado panameño
- Actualizado
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En resumen
La fundación de interés privado es un patrimonio separado que una persona destina a unos fines y a unos beneficiarios, gestionado por un consejo de fundación. Se usa para la planificación sucesoria y la organización del patrimonio familiar, siempre con fines legítimos.
¿Cómo funciona una fundación de interés privado?
- El fundador aporta un patrimonio inicial de al menos USD 10,000.
- El consejo de fundación administra el patrimonio según el acta fundacional y, si existe, un reglamento.
- Los beneficiarios reciben los bienes o las rentas en las condiciones previstas.
- Un protector puede supervisar al consejo, si así se prevé.
- Un abogado panameño actúa como agente residente.
¿Para qué se usa?
- Ordenar la sucesión y evitar procesos sucesorios en varios países.
- Mantener unido un patrimonio familiar y fijar cómo se reparte.
- Separar el patrimonio personal de los bienes destinados a la familia.
Una fundación no sirve para ocultar bienes ni para eludir impuestos u obligaciones con acreedores: la ley prevé la impugnación de aportaciones en fraude, y la información de los beneficiarios finales está disponible para las autoridades.
¿Cómo se constituye?
01
Diseño de la fundación
Fines, beneficiarios, consejo de fundación y, si procede, protector.
02
Acta fundacional ante notario
Se protocoliza en escritura pública.
03
Inscripción en el Registro Público
Desde la inscripción, la fundación tiene personalidad jurídica.
04
Aportación del patrimonio
Transferencia de los bienes a la fundación.
Preguntas frecuentes
¿Se reconoce la fundación panameña en mi país?
Depende del país: algunos la tratan como un trust, otros como una sociedad o le aplican reglas propias. Su efecto fiscal en tu país es uno de los puntos que revisamos en la consulta.
¿Cuánto cuesta mantenerla?
Hay una tasa única anual de USD 400 (USD 350 el año de constitución), más los honorarios del agente residente y, en su caso, del consejo de fundación.
¿En qué se diferencia de una sociedad anónima?
La sociedad anónima sirve para hacer negocios y tiene accionistas. La fundación no tiene propietarios ni puede dedicarse habitualmente a actividades comerciales: administra un patrimonio para sus beneficiarios.
¿Sustituye una fundación al testamento?
No siempre. La fundación ordena los bienes que le aportas, pero lo que siga a tu nombre se hereda por sucesión. Lo habitual es combinarla con un testamento en Panamá.